| Capítulo 21 |
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Y Estos son los derechos que les propondrás. |
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Si comprares siervo hebreo, seis años servirá; mas al séptimo saldrá horro de balde. |
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Si entró solo, solo saldrá: si tenía mujer, saldrá él y su mujer con él. |
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Si su amo le hubiere dado mujer, y ella le hubiere parido hijos ó hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo. |
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Y si el siervo dijere: Yo amo á mi señor, á mi mujer y á mis hijos, no saldré libre: |
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Entonces su amo lo hará llegar á los jueces, y harále llegar á la puerta ó al poste; y su amo le horadará la oreja con lesna, y será su siervo para siempre. |
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Y cuando alguno vendiere su hija por sierva, no saldrá como suelen salir los siervos. |
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Si no agradare á su señor, por lo cual no la tomó por esposa, permitirle ha que se rescate, y no la podrá vender á pueblo extraño cuando la desechare. |
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Mas si la hubiere desposado con su hijo, hará con ella según la costumbre de las hijas. |
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Si le tomare otra, no disminuirá su alimento, ni su vestido, ni el débito conyugal. |
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Y si ninguna de estas tres cosas hiciere, ella saldrá de gracia sin dinero. |
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El que hiriere á alguno, haciéndole así morir, él morirá. |
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Mas el que no armó asechanzas, sino que Dios lo puso en sus manos, entonces yo te señalaré lugar al cual ha de huir. |
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Además, si alguno se ensoberbeciere contra su prójimo, y lo matare con alevosía, de mi altar lo quitarás para que muera. |
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Y el que hiriere á su padre ó á su madre, morirá. |
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Asimismo el que robare una persona, y la vendiere, ó se hallare en sus manos, morirá. |
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Igualmente el que maldijere á su padre ó á su madre, morirá. |
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Además, si algunos riñeren, y alguno hiriere á su prójimo con piedra ó con el puño, y no muriere, pero cayere en cama; |
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Si se levantare y anduviere fuera sobre su báculo, entonces será el que le hirió absuelto: solamente le satisfará lo que estuvo parado, y hará que le curen. |
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Y si alguno hiriere á su siervo ó á su sierva con palo, y muriere bajo de su mano, será castigado: |
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Mas si durare por un día ó dos, no será castigado, porque su dinero es. |
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Si algunos riñeren, é hiriesen á mujer preñada, y ésta abortare, pero sin haber muerte, será penado conforme á lo que le impusiere el marido de la mujer y juzgaren los árbitros. |
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Mas si hubiere muerte, entonces pagarás vida por vida, |
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Ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, |
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Quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe. |
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Y cuando alguno hiriere el ojo de su siervo, ó el ojo de su sierva, y lo entortare, darále libertad por razón de su ojo. |
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Y si sacare el diente de su siervo, ó el diente de su sierva, por su diente le dejará ir libre. |
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Si un buey acorneare hombre ó mujer, y de resultas muriere, el buey será apedreado, y no se comerá su carne; mas el dueño del buey será absuelto. |
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Pero si el buey era acorneador desde ayer y antes de ayer, y á su dueño le fué hecho requerimiento, y no lo hubiere guardado, y matare hombre ó mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño. |
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Si le fuere impuesto rescate, entonces dará por el rescate de su persona cuanto le fuere impuesto. |
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Haya acorneado hijo, ó haya acorneado hija, conforme á este juicio se hará con él. |
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Si el buey acorneare siervo ó sierva, pagará treinta siclos de plata su señor, y el buey será apedreado. |
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Y si alguno abriere hoyo, ó cavare cisterna, y no la cubriere, y cayere allí buey ó asno, |
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El dueño de la cisterna pagará el dinero, resarciendo á su dueño, y lo que fue muerto será suyo. |
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Y si el buey de alguno hiriere al buey de su prójimo, y éste muriere, entonces venderán el buey vivo, y partirán el dinero de él, y también partirán el muerto. |
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Mas si era notorio que el buey era acorneador de ayer y antes de ayer, y su dueño no lo hubiere guardado, pagará buey por buey, y el muerto será suyo. |